Pág 1202 23 DE ENERO DE 1837.
Se leyó y aprobó sin discusión un dictámen de las comisiones Eclesiástica y de Legislación, dado con motivo de la solicitud de Doña Rosa Carrasco, vecina de Ribera del Fresno. (Véase el Apéndice primero al Diario núm. 94).
Se lee el dictamen de las comisiones de legislación y eclesiástica, relativo a una esposición presentada por doña Rosa Carrasco de Ribera del Fresno, monja secularizada en el año 822 reclamando que las Cortes declaren tener derecho a una herencia que le corresponde. El dictamen dice así: Las comisiones eclesiástica y de legislación despues de examinar el asunto con la mayor detención, han visto que por el decreo de 26 de junio de 822 sancionado como ley en 29 del mismo, se declaró a todos los regulares secularizados de ambos sexos habilitados para adquirir bienes de cualquier clase, tanto por título de legitima, como por cualquiera otra de sucesión ex testamento o abintestato: y viendo por una parte los principios de justicia y conveniencia pública en que se funda esta determinación, y deseando por otra evitar todo género de dudas en el asunto proponen a las Cortes el restablecimiento de la espresada ley.
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